Resumen | |
[J] | Contratos sector publico. Confidencialidad de la documentación aportada por los licitadores(publicado en Actualidad Diaria 1747 el 18 de junio de 2010) |
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El Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan (Ciudad Real) se dirige a esta Junta Consultiva de Contratación Administrativa por medio de un escrito con el siguiente texto: “Ante un procedimiento de servicios por procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación, se nos plantea la duda de cuál es la información que debemos/podemos facilitar a los licitadores, referente a la documentación de los demás participantes. Duda porque el artículo 124.1 LCSP establece: “...Los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; éste carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas". Se podría entender entonces, a "sensu contrario", que si las empresas no especifican expresamente esta confidencialidad, nada impide que ante la petición de otra participante, se facilite el contenido de la documentación presentada. No sabemos si se puede entender esto así, y en el caso de que la respuesta sea afirmativa, que tipo de documentación englobaría dicha divulgación, puesto que en el caso planteado, se nos pide, por parte de una empresa licitadora, que facilitemos los proyectos técnicos de otra empresa participante. Por otro lado, el artículo 137 de la LCSP, establece: "...Si los interesados lo solicitan, se les facilitará información, en un plazo máximo de quince días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor". A nuestro entender, este artículo cuando habla de "se les facilitará información", "motivos de su rechazo", no especifica a que se refiere, cuales son los documentos que se pueden facilitar a las empresas participantes respecto de una en concreto”. | |
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